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¿Qué es una Queja?

Las quejas son las denuncias que cualquier ciudadano puede presentar ante la Comisión de Derechos Humanos, a su favor o en representación de terceras personas, por actuaciones de las autoridades estatales o municipales por presuntas violaciones a sus derechos humanos.

Pueden presentar la denuncia respectiva, el quejoso o su representante, o bien cuando los interesados estén privados de su libertad o se desconozca su paradero, los hechos podrán ser denunciados por parientes, amigos o vecinos de los afectados, inclusive por menores de edad.

Del mismo modo podrán presentar una queja a favor de otro, los encargados de los centros de detención, internamiento o readaptación social; o bien por la autoridad y/o servidor público de mayor jerarquía del lugar donde se encuentre el quejoso.

En ambos casos la queja deberá ser ratificada a la brevedad posible, en cuanto el agraviado se encuentre en la posibilidad de hacerlo.

Las organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas, podrán acudir ante la Comisión para denunciar las violaciones de derechos humanos respecto de las personas que por sus condiciones físicas, mentales, económicas y culturales, no tengan la capacidad efectiva de presentar quejas de manera directa.

Sólo podrá presentarse la queja dentro del plazo de un año, a partir de que se hubiera concluido la ejecución de los hechos que se estimen violatorios, o de que el quejoso hubiese tenido conocimiento de los mismos.

La CDHEQROO tiene competencia en todo el Estado de Quintana Roo, para conocer de quejas relacionadas a presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando éstas sean imputadas a autoridades y servidores de la administración pública estatal o municipal.

Para ello, se han habilitado a lo largo de la geografía estatal oficinas representativas de la Comisión en todas y cada una de las cabeceras municipales (Othón P. Blanco, Bacalar, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Tulum, Solidaridad, Cozumel, Benito Juárez, Lázaro Cárdenas, Isla Mujeres y Puerto Morelos), obteniendo una mayor cobertura y acercamiento con la sociedad.

Cuando la queja de los ciudadanos sea en contra de una autoridad de carácter federal, como la Policía Federal o el Seguro Social, la Comisión las remitirá a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que tenga conocimiento y realice la investigación pertinente, ya que por disposición de la ley, la CNDH es competente para hacerlo.

No, la CDHEQROO no podrá conocer los asuntos relativos a:

Actos y resoluciones de organismos o autoridades electorales
Resoluciones de carácter jurisdiccional (sentencias de los jueces)
Conflictos de carácter laboral
Tampoco puede realizar interpretaciones de las leyes cuando le sea solicitado.
Si eres víctima de una violación a tus derechos humanos o conoces de alguien que lo sea
¡¡Denúncialo!!

Acude a la oficina de la Comisión de Derechos Humanos más cercana y sigue estos sencillos pasos para presentar tu queja
Consulta la ubicación de nuestras oficinas

Formas en las que se puede presentar la queja

  • Por escrito dirigida a la CDHEQROO, debidamente firmado o en caso contrario coloque su huella digital;también podrán interponerla oralmente.
  • Puede llenarse el formato que se encuentra en nuestra página de Internet ;también mediante correo ordinario o mensajería, fax o teléfono.
  • En los casos donde no sea posible que el quejoso presente la denuncia personalmente, deberá ratificarla dentro de los tres días hábiles siguientes a su presentación.

El quejoso o denunciante, deberá proporcionar la información necesaria para integrar la Queja, los datos mínimos con que debe contar son los siguientes:

  • Nombre completo del quejoso, denunciante, así como del presunto agraviado o agraviados;
  • Nacionalidad
  • Ocupación o profesión
    Domicilio (Calle, Numero, Colonia, Cruzamientos, localidad o municipio).
  • En ocasiones se necesita entablar comunicación con los quejosos y esto facilita su ubicación y ahorra tiempo para la integración, ya que es más rápido obtener algún dato si se solicita de manera personal.
  • Número telefónico, si no tiene, el de algún familiar, vecino o amigo. No es indispensable, pero se recomienda para facilitar la comunicación.
  • Firma de la persona que interpone la queja o bien la huella digital.
  • Demás datos que coadyuven a identificar con precisión al quejoso. De igual forma cuando la queja sea presentada por una persona distinta al agraviado, se deberá indicar el nombre y demás datos que se tengan de éste último.


Inmediatamente después una breve explicación o narración de los hechos que motivaron a iniciar una queja, y que en su opinión constituyen la probable violación de los derechos humanos, y la petición que nos hace; especificando las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
Deberá precisar la fecha en que se suscitaron los hechos descritos como probable violación de los derechos humanos.


Seguidamente señalará el nombre y cargo de la autoridad o servidor público que usted señala como responsable, puede ser uno o varios según el supuesto, en el caso de no conocerlos o no lograrlos identificar, proporcionar los datos mínimos que lleven a su identificación, así como el nombre de la dependencia o institución a la que se encuentre adscrito, y


Finalmente anexe toda la información que posea relacionada con la queja, es decir documentos, copias, etc. que posea a fin de comprobar las imputaciones vertidas en contra de la autoridad o servidores públicos señalados como responsables.
Nota: Debe firmar o colocar la huella digital el interesado. En caso contrario la queja será considerada como anónima.

Recuerde que los servicios que brinda la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo son gratuitos y los datos que aporte en la denuncia son confidenciales.

Fuente: Del Artículo 36 al 52 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo.

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